jueves, 12 de octubre de 2017

¡El Pacto por los Autónomos ya está aquí!

Fuente del cuadro: MEySS
Por fin se aprobó en las Cortes Generales de mi país la nueva Ley de Autónomos, norma que, según el Ministerio de Empleo, nace con el acuerdo de todos los grupos parlamentarios para consolidar uno de los principales motores de la recuperación de la economía española. Ayer, el Pleno de la Cámara Alta refrendó de forma definitiva la nueva norma, que entrará en vigor en próximos días tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Y es que en España, no hay lugar a dudas que los autónomos han sido vanguardia en la recuperación, creando empleo antes que cualquier otro colectivo y a día de hoy acumulan 4 años, 48 meses creando empleo, con la contratación de más de 1 millón de asalariados. Por ello, la nueva normativa de Autónomos, que tras concluir su trámite parlamentario será publicada en el BOE para su entrada en vigor, siguiente pone en marcha 16 medidas para que haya más autónomos, fomentar su empleabilidad, la jubilación activa y flexibilizar trámites y regulación. Echo de menos la propuesta de algunos partidos de reducir la cuota de autónomo en base a los ingresos que se devenguen o ampliar el beneficio de la cuota plana[1].

Cierto que la legislación introduce modificaciones que mejoran la calidad del trabajo autónomo y que afectan a aspectos como la formación, la estabilidad o la seguridad en el trabajo. Así, se fortalecen medidas como la Tarifa Plana de 50 euros, que parece que ha beneficiado ya a más de 1.250.000 personas desde su puesta en marcha y ahora dobla su periodo de vigencia, de 6 meses a un año. Asimismo, reduce de 5 a 2 años el plazo para reemprender. Y, por primera vez, se aplicará a las mujeres que retoman la actividad tras la maternidad. Asimismo, se potencia su capacidad para contratar a la vez que impulsa la jubilación activa y la transmisión de conocimiento. De esta forma, los autónomos que tengan asalariados a cargos podrán, por primera vez, compatibilizar trabajo y el 100% de su pensión. Igualmente, van a poder cambiar hasta 4 veces al año su base de cotización para adecuarla mejor a sus ingresos, deducirse gastos de suministros y manutención vinculados a su actividad y verán reducida a la mitad el recargo por retraso el primer mes (Fuente de la información MEySS; fuente de la imagen: MEySS).
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[1] En función de determinados requisitos.