miércoles, 23 de abril de 2014

Lo imprescindible

Fuente de la imagen: archivo propio
José Antonio González Salgado[1] en su artículo “La elección lingüística como fuente de problemas jurídicos"[2], escribía que “bastaba con poner en el cajetín de búsqueda de cualquier base de datos de jurisprudencia española las palabras ambigüedad o imprecisión para encontrar un buen número de sentencias en las que ciertas elecciones lingüísticas han ocasionado algún problema jurídico.” En el marco de la disciplina Comunicación Oral y Escrita, desde primeros de mes ando enfrascado en el foro propuesto por Jesús, sobre la corrección lingüística en los textos jurídicos.

Según Elena de Miguel[3], la naturaleza fallida desde el punto de vista comunicativo y su escaso atractivo para el receptor de los textos jurídicos-administrativos, “tienen serias repercusiones de orden social, en la medida en que es muy difícil que un ciudadano común no se enfrente en algún momento de su vida a la redacción o a la interpretación de un texto de este tipo. El mismo joven o adolescente que se aburre con el estudio de este tipo de textos pronto ingresará en la etapa de administrado adulto y pasará a convivir de manera constante con textos de tipo jurídico-administrativo, dado que en éstos se regulan las relaciones entre los miembros de una misma comunidad, entre ellos y la Administración y entre los distintos órganos de la Administración, y al aparato del Estado es muy difícil sustraerse". 

Entiende Elena que "Así, es posible que nuestro hipotético joven y feliz estudiante se vea obligado a redactar, por vez primera de verdad y no como un ejercicio en el aula, por ejemplo, una reclamación sobre la nota obtenida en la prueba de selectividad. Tendrá entonces oportunidad de comprobar el desajuste existente entre la normativa y el impreso que debe rellenar”. Por su parte, F. Vilches[4], sobre el “Texto y contexto en el lenguaje administrativo[5], apuntaba que existen tantos lenguajes administrativos como sectores diferenciados hay en la Administración Pública, pudiéndose hablar de un lenguaje administrativo fiscal, otro laboral, militar, diplomático, etc., cada uno de los cuales cuenta con un léxico específico, característico de la actividad concreta llevada a cabo en el sector, a manera de “subsistemas” que operan sobre un sistema común, que es el lenguaje administrativo general.

Me queda claro que si alguna vez llego a ser abogado o jurista, tendré que vigilar el lenguaje que utilice, pero después de un manojo de asignaturas superadas echadas a las espaldas y la lectura de unas cuantas sentencias, me choca bastante que tanto abogados como jueces, fuera de serie en sus cometidos, no se den cuenta de la importancia de los términos, las puntuaciones, la gramática (y en algunos casos la propia ortografía). Tal vez todo sea consecuencia de la desolación filológica general que nos envuelve por doquier. Termino con la siguiente frase, atribuida a la jueza Manuela Carmena Castrillo: “Para que se nos obedezca, es imprescindible que se nos entienda” (Fuente de la imagen: elaboración propia). 
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[1] Doctor en Filología y asesor lingüista de Uría Menéndez.
[2] González Salgado, José Antonio. La elección lingüística como fuente de problemas jurídicos. Revista de Llengua i Dret, núm. 55, 2011, p. 57-79.
[3] Miguel de, Elena. El TEXTO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO: ANÁLISIS DE UNA ORDEN MINISTERIALUniversidad Autónoma de Madrid. 2000. Sitio visitado el 23/04/2014.
[4] Director del Departamento de Lengua Española de la Universidad Rey Juan Carlos.
[5] Vilches Vivancos, Fernando. Texto y contexto en el lenguaje administrativo. Toledo. 2009. Sitio visitado el 23/04/2014.